De la aprobación parlamentaria a la entrada en vigor
Tras su aprobación unánime por los 133 diputados del Parlament de Catalunya el 17 de junio de 2026, la ley ha completado el trámite de publicación oficial en el DOGC con el número Llei 8/2026. Este paso formaliza su entrada en vigor y activa los plazos para el desarrollo reglamentario.
La consellera de Territori, Habitatge i Transició Ecològica, Sílvia Paneque, ha calificado la publicación como “el inicio de la etapa definitiva” para eliminar el amianto de Catalunya, recordando que se trata de una ley “pionera en el Estado y en Europa”.
Qué cambia a partir de hoy
Con la entrada en vigor de la Llei 8/2026, se activan las siguientes obligaciones y mecanismos:
- Certificado obligatorio de presencia o ausencia de amianto en la compraventa y alquiler de inmuebles construidos antes de 2002.
- Creación del censo catalán de materiales con amianto, que registrará la presencia del material en todo el territorio.
- Obligación para las administraciones públicas de identificar, gestionar y retirar el amianto de sus inmuebles.
- Obligación para empresas y ciudadanos de comunicar ubicaciones conocidas con materiales con amianto.
- Creación de la Oficina para la Erradicación del Amianto, adscrita a la Agència de Residus de Catalunya.
- Régimen sancionador con multas de hasta 100.000 euros por incumplimiento de las órdenes de retirada.
- Fondo específico para la gestión, retirada, difusión y sensibilización.